top of page

Ayudas disponibles para instalar cargador de coche eléctrico: requisitos y cómo puedes solicitarla

  • La ayuda otorgada a un autónomo o cliente particular puede cubrir hasta un 80% del costo total de la instalación, sin considerar la aplicación del IVA.



Plan Moves 3


La adquisición de un vehículo eléctrico conlleva frecuentemente la instalación de un cargador en una vivienda o garaje. Aunque es posible tener un coche eléctrico sin contar con un cargador privado, se recomienda encarecidamente para optimizar el ahorro al máximo.


La instalación del cargador en una vivienda particular suele ser más sencilla, pero es importante comprender que también es factible disponer de un punto de carga en un garaje comunitario. De hecho, la comunidad de vecinos del garaje no puede denegar esta instalación.


Tanto en viviendas como en garajes comunitarios, el costo de la instalación corre por cuenta del interesado, pero existen subvenciones para reducir este gasto. El Plan MOVES III ofrece un subsidio para la instalación de puntos de recarga privados que cubre hasta el 80% del presupuesto.



Guía detallada sobre los incentivos disponibles para la instalación de cargadores de vehículos eléctricos.


En la actualidad, la principal fuente de ayudas para la instalación de cargadores de coches eléctricos es el Plan MOVES III.


Toda la información pertinente sobre las subvenciones destinadas a los cargadores de coches eléctricos se encuentra disponible en la página oficial del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía). A continuación, presentamos un resumen detallado de las diversas opciones y los requisitos necesarios para acceder a estos beneficios.


Es importante tener en cuenta que estas subvenciones se mantendrán disponibles hasta el próximo 31 de julio de 2024, como resultado de la última prórroga aprobada por el Gobierno.



Cuantía de las ayudas.


En relación con los cargadores de coches eléctricos, el Gobierno de España ofrece dos tipos de ayudas con distintas cuantías, dependiendo de si el solicitante es un conductor particular o una entidad pública o empresa. Para estos últimos, la cantidad de la ayuda también variará según el tipo de instalación realizada.


Adicionalmente, en algunos casos, la cuantía de la ayuda aumentará en función del lugar donde se lleve a cabo la instalación. Se prevé un aumento en las solicitudes de ayuda para aquellos municipios con menos de 5.000 habitantes.


Así, la cuantía de las ayudas se distribuye de la siguiente manera:


SOLICITANTE

AYUDA

MUNICIPIO DE MENOS DE 5.000 HAB

MÁXIMO CONCEDIDO

AUTÓNOMOS, PARTICULARES, COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y ADMINISTRACIÓN SIN ACTIVIDAD ECONÓMICA

70% del presupuesto antes de la aplicación del IVA.

80% del presupuesto antes de la aplicación del IVA.

5.000 euros/expediente o el establecido en el El establecido en el  Reglamento de minimis para los autónomos.

EMPRESAS Y ENTES PÚBLICOS CON ACTIVIDAD ECONÓMICA, RECARGA ACCESO PÚBLICO Y P ≥50KW

20%

(30% Mediana empresa)

(50% Pequeña empresa)

20%

(30% Mediana empresa)

(50% Pequeña empresa)

800.000 €/ expediente

2,5 M€ por destinatario último durante la vigencia de la convocatoria autonómica.

EMPRESAS Y ENTES PÚBLICOS  CON ACTIVIDAD ECONÓMICA RECARGA ACCESO PRIVADO O ACCESO PÚBLICO CON P <50KW

20%

(30% PYME)

20%

(40% PYME)

800.000 €/ expediente

2,5 M€ por destinatario último durante la vigencia de la convocatoria autonómica.

PYMES, QUE SE ACOJAN A MINIMIS EN EL MOMENTO DE HACER LA SOLICITUD, RECARGA ACCESO PÚBLICO Y P <50KW

(45% Mediana empresa)

(55% Pequeña empresa)

(50% Mediana empresa)

(60% Pequeña empresa)

800.000 €/ expediente

2,5 M€ por destinatario último durante la vigencia de la convocatoria autonómica.


Además, el Plan MOVES III especifica que "la ayuda otorgada a una empresa nunca superará el 40 % del presupuesto total del programa correspondiente".



Requisitos para instalar un cargador de coche eléctrico.


Para acceder a las subvenciones destinadas a la instalación de un cargador de coche eléctrico, se requiere seguir procedimientos similares a los de adquisición de un vehículo eléctrico. Estos procesos varían dependiendo de la normativa de cada Comunidad Autónoma.


En ciertos casos, como en la Comunidad de Madrid, Andalucía o Galicia, la responsabilidad de solicitar la subvención recae en la empresa instaladora. Sin embargo, en otras regiones, es el beneficiario quien tiene la obligación de iniciar los trámites para recibir el apoyo económico.


En estas regiones, el procedimiento para la presentación de documentos puede variar, siendo en algunos casos exclusivamente telemático y en otros permitiéndose la modalidad presencial. Los documentos requeridos varían según la normativa de cada comunidad, aunque suele ser común la solicitud de los siguientes:


  • Memoria descriptiva de las actuaciones que incluya: descripción detallada, alcance de la intervención, inversión, costos subvencionables y ayuda solicitada.

  • Declaración responsable sobre las obligaciones del beneficiario.

  • Certificados que acrediten estar al día en los pagos con la Seguridad Social y la AEAT.

  • Copia del DNI/NIE.

Es altamente probable que para la presentación telemática de documentos se requiera disponer de firma electrónica. Asimismo, en el proceso de solicitud de subvenciones para autónomos, empresas y entidades públicas, es común la necesidad de presentar una gama más amplia de documentos.


Por ejemplo, en determinadas regiones se exige la presentación de tres propuestas diferentes cuando el coste subvencionable supera una cantidad específica, o bien, una memoria explicativa que detalle el motivo por el cual no se opta por la propuesta más económica entre los tres presupuestos.



Otros detalles a tener en cuenta.


Al igual que ocurre con la adquisición del vehículo, el beneficiario deberá adelantar el importe destinado a la instalación del cargador de coches eléctricos.


El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas es similar al requerido para la compra de un automóvil. La gestión, aceptación y entrega del monto de la ayuda corresponde a la Comunidad Autónoma correspondiente, financiada a través de los fondos asignados para tal fin.


Para acceder a los requisitos específicos de cada Comunidad Autónoma, proporcionamos a continuación los enlaces correspondientes a cada región española: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja y Valencia.


Actualmente, los plazos para reembolsar el importe de la ayuda destinada a la instalación de cargadores de coches eléctricos varían entre 18 meses y dos años, si bien estos tiempos están sujetos a la eficiencia de cada entidad administrativa.


Asimismo, los individuos particulares deben declarar la ayuda percibida en la declaración de la renta como un ingreso patrimonial no derivado de la transmisión de activos patrimoniales, dentro de la categoría de salarios y rentas generales del IRPF.


Es importante destacar que la devolución de una parte de esta ayuda será requerida en función del nivel de ingresos del contribuyente. A modo orientativo, un cliente particular puede recibir hasta un máximo de 5.000 euros en concepto de ayuda. Estos montos tributan al 19%, lo que implica que, como mínimo, se deberá reembolsar 950 euros en el caso de recibir la cantidad máxima permitida por el Plan MOVES III.


333 visualizaciones0 comentarios

Comments


bottom of page